Condiciones Generales de Contratación Netebu Cloud
Servidores Dedicados, Cloud y VPS
PARTES CONTRATANTES
El presente acuerdo regula las condiciones generales de contratación para los diversos servicios CLOUD, DEDICADOS Y VPS que se ofrecen a través de la página web https://netebu.com, por lo que el usuario, en el momento que completa el proceso de registro y contrata algún servicio de los indicados por medio de esta página web, acepta y se somete expresamente a las cláusulas especificadas a continuación.
PARTES CONTRATANTES
De una parte, la sociedad mercantil INDELSUR TECHNOLOGY SLU. (En adelante, NETEBU), con domicilio en Sevilla, C.P. 41014, Calle Ambrosio de la Cuesta, 48 Local, provista de C.I.F. nº B72660459, inscrita en el Registro Mercantil de Sevilla; url: https://netebu.com Y de la otra parte, el CLIENTE, cuyos datos nos facilita por medio de los formularios o email que NETEBU pone a su disposición a través de esta página web, para proceder a la contratación del servicio Netebu Cloud libremente escogido. El CLIENTE manifiesta que los datos consignados son ciertos, veraces, vigentes y que los facilita por sí mismo.
CLÁUSULAS
PRIMERA. - DEFINICIONES
NETEBU: empresa debidamente constituida cuya identidad figura en los datos del encabezamiento, dedicada a la prestación de servicios telemáticos, especializada básicamente en el alojamiento de páginas web y registro de nombres de dominios, y que cumple con todas las exigencias legales necesarias para llevar a cabo la actividad objeto del presente contrato.
Cliente: toda aquella entidad, organización, con o sin personalidad jurídica, persona física o jurídica que se haya registrado y contratado, se hayan cobrado o no aún, mediante la cumplimentación del formulario dispuesto al efecto en las páginas publicadas en la url netebu.com.
Contrato: Acuerdo que regula los derechos y obligaciones del contrato de reserva, adquisición, mantenimiento y renovación de un dominio de Internet encomendado a Netebu, así como en relación a los servicios de alojamiento web en sus múltiples posibilidades web o script.
Redundancia y continuidad de servicio: Medida de seguridad por la que se detecta un fallo en el sistema principal que impide que un servicio se ejecute correcta o directamente se muestre inaccesible. En tal caso se activará un sistema alternativo paralelo, generalmente otro servidor, que sustituirá al principal para continuar facilitando el servicio contratado, por el tiempo necesario hasta que se restablezca aquél.
El contenido comercial, la información sobre recursos, aplicaciones, características y precios de los Servidores Dedicados, CLOUD y VPS se manifiesta en la web netebu.com.
Recursos y Aplicaciones: conjunto de características técnicas y de programación informática facilitadas y soportadas por los distintos Servidores Dedicados, CLOUD Y VPS que EL CLIENTE puede contratar.
Panel de control: Se trata de una herramienta de software que se adjudica, generalmente, a cada servicio de NETEBU para la gestión por parte del CLIENTE de los recursos y aplicaciones de los que dispone el servicio contratado.
Área de cliente (AC): Cuenta de usuario en la plataforma desarrollada por NETEBU donde figura y gestiona su perfil del cliente el titular, así como los servicios por él contratados y demás información y documentación relativa a los mismos, a través de un panel de control.
Login y contraseña: sistemas que permiten la autentificación del CLIENTE para el acceso al panel de control vía web, al AC y para la solicitud de ayudas e información sobre el servicio contratado.
Redundancia y alta disponibilidad: Sistemas o medidas adoptadas por un sistema de comunicaciones, para detectar un fallo en la red de la manera más rápida posible y de recuperarse del problema detectado de forma efectiva, afectando lo menos posible al servicio. La redundancia consiste en duplicar recursos o componentes de estos con el fin de usarlos de forma alternativa en caso de que haya una caída del sistema principal manteniendo así la disponibilidad del servicio mediante ese segundo canal o sistema latente activado al detectar una incidencia de determinada gravedad. Por su parte, la alta disponibilidad consiste en la capacidad del sistema para ofrecer un servicio activo durante un tanto por ciento de un tiempo determinado o a la capacidad de recuperación de este en caso de producirse un fallo en la red.
Caída del sistema: cualquier incidencia digital o analógica que implique que la red deje de funcionar e interrumpa el servicio facilitado.
Servidores: Computadoras integradas por Software y Hardware facilitadas por NETEBU para dar servicio de hosting, especializados en dar acceso remoto, gestionados por un sistema operativo donde se hospedan y almacenan los datos, aplicaciones e información que configura el CLIENTE y que son capaces de atender las peticiones desde otros programas, y devolverle una respuesta en concordancia.
Streaming: Servicio para retransmisión (en inglés streaming), difusión en continuo o descarga continua de contenido. Consiste en la distribución digital de contenido multimedia a través de la red servido por computadoras, de manera que el usuario utiliza el producto a la vez que se lo está descargando, fluyendo desde la fuente emisora sin interrupción y en tiempo real. Normalmente se emplea para la difusión de audio o vídeo. Este tipo de tecnología funciona mediante un búfer de datos que va almacenando el flujo de descarga en la estación del usuario para inmediatamente mostrarle el material descargado. Esto se contrapone al mecanismo de descarga de archivos, que requiere que el usuario descargue los archivos por completo para poder acceder al contenido. La retransmisión requiere de una conexión por lo menos de igual ancho de banda que la tasa de transmisión del servicio
VPS (Servidor Virtual Privado, Virtual Private Server): es un método de particional un servidor físico en varios servidores de tal forma que todo funcione como si se estuviese ejecutando en una única máquina. Cada servidor virtual es capaz de funcionar bajo su propio sistema operativo y además cada servidor puede ser reiniciado de forma independiente. En otros términos, un sistema por el que se puede disfrutar de ciertas características de un servidor dedicado dentro de un mismo servidor compartido.
SEGUNDA. - OBJETO DEL CONTRATO
El presente acuerdo tiene por objeto regular los derechos y obligaciones de las partes respecto con los servicios de alquiler de Servidor Dedicado contratados por el CLIENTE que se identifican en este contrato y en los anexos finales.
El servicio contratado:
TERCERA. - CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
3.1 El Servidor Dedicado, VPS o CLOUD es un servicio de alojamiento exclusivo, en el que cada cliente dispone de su propia máquina(dedicados) o vm (cloud y vps), no compartida con otros usuarios.
3.2 Las condiciones generales recogidas en este contrato se aplicarán a todo Servidor Dedicado, VPS o CLOUD comercializado por NETEBU que reúna las características de alojamiento exclusivo en servidores propiedad de NETEBU y, en particular, a los siguientes tipos de Servidores:
3.3 Las características particulares de los servicios de Servidor Dedicado, sus posibles ampliaciones y otros servicios adicionales complementarios se regulan en la página específica de cada producto o servicio así contratado en la dirección netebu.com.
Sin perjuicio de ello, las características específicas que ha contratado para el Servidor Dedicado, VPS, CLOUD elegido, así como las tarifas aplicables al mismo, se indicarán también en la en la factura enviada al CLIENTE y que quedará aceptada como factura ordinaria al realizar el pago.
3.4 Las características de cada Servidor Dedicado, VPS, CLOUD podrán experimentar modificaciones que, en todo caso, se regirán por lo dispuesto en la cláusula 14 de este contrato.
En cualquier caso, cualquier cambio en las características de cada Servidor Dedicado, VPS, CLOUD se notificará previamente por correo electrónico al CLIENTE con 15 días de antelación.
3.5 El hardware y el sistema operativo varían según el tipo de Servidor Dedicado, VPS o CLOUD contratado, estando disponibles aquellos publicados en ese momento en netebu.com.
3.6 Tráfico de datos en Internet. Cada Servidor Dedicado contratado está sujeto a un límite máximo de transferencia de datos o de ancho de banda, mensuales, en función del hardware incluido en el contrato escogido. Una vez rebasados uno o ambos límites, el CLIENTE queda obligado a abonar una tarificación adicional por el exceso empleado.
No obstante, el CLIENTE puede solicitar la ampliación de dichos límites de ancho de banda o de cantidad de transferencia de datos máxima mediante un aumento de la tarifa.
En consecuencia, si el ancho de banda o el límite de transferencia de datos inicialmente contratado fuera insuficiente, será responsabilidad del CLIENTE contratar una ampliación de estos.
CUARTA. - PRECIO Y FORMA DE PAGO
4.1 El precio del servicio de VPS, Cloud, Servidor Dedicado está fraccionado en dos partes:
a) Precio de alta del servicio que varía en función del modelo de Servidor Dedicado, VPS o CLOUD contratado.
b) La Tarifa mensual correspondiente al uso del servicio.
El precio del alta para contratos con pago mensual, trimestral, semestral, anual y bianual se encuentra publicada en la página del producto o servicio a contratar en cada caso en la sección correspondiente de la url netebu.com.
Los precios pueden ser objeto de actualización periódica y el cliente así lo acepta al renovar su contrato expresa, tácita o mediante la mera continuación en el uso del servicio por un nuevo periodo. No obstante, NETEBU comunicará al CLIENTE el cambio de precio con una antelación mínima de 48 horas.
NETEBU no asignará ni configurará el servicio de Servidor Dedicado, VPS o CLOUD contratado mientras no reciba del CLIENTE, el importe de los pagos devengados por alguno de los medios que se regulan en los apartados sucesivos.
4.2 El precio total del Servidor Dedicado contratado por EL CLIENTE se detallará en cada factura enviada al CLIENTE que se entenderá aceptada como factura ordinaria por él mismo en el momento de su pago.
4.3 Las tarifas aplicables a los Servidores Dedicados, CLOUD y VPS quedarán incrementadas por los impuestos en vigor aplicables.
4.4 Período de pago: El pago por uso de los Servidores Dedicados, CLOUD y VPS y de los servicios adicionales es mensual.
4.5 Los pagos se devengan en su totalidad por el mero inicio de cada periodo mensual, por lo que es obligatorio realizar por adelantado los pagos de las mensualidades del Servidor Dedicado, VPS o CLOUD.
4.6 Los pagos se podrán realizar mediante transferencia bancaria, tarjeta de crédito, PayPal o domiciliación bancaria.
En el caso de realización del pago mediante transferencia bancaria EL CLIENTE deberá remitir el justificante de la transferencia a la dirección de correo electrónico facturacion@netebu.com.
En caso de pagar mediante recibo, los datos necesarios para efectuar la domiciliación bancaria serán facilitados por EL CLIENTE con carácter previo a la prestación del servicio. Por cada devolución bancaria que se produzca por causas imputables al CLIENTE, NETEBU cobrará una tarifa adicional calculada a los intereses cobrados por la entidad financiera o empresa de procesamiento de pagos encargada de a ver realizado el cobro al CLIENTE, impuestos vigentes aplicables, aparte.
4.7 NETEBU emitirá una factura individual por cada servicio contratado por EL CLIENTE con indicación del detalle de todos los conceptos que lo conforman.
4.8 NETEBU tendrá derecho a suspender el servicio a prestar contratado ante cualquier impago total o parcial de este.
Si transcurridos quince días naturales desde que fuera requerido para el pago por NETEBU EL CLIENTE no hubiera procedido al correspondiente y completo abono pendiente, el contrato se entenderá automáticamente resuelto y se autoriza a NETEBU a practicar la baja definitiva del servicio impagado por incumplimiento contractual.
La falta de pago de los servicios adicionales complementarios al principal será también motivo justificado y suficiente para suspender la prestación del servicio principal y proceder a su cancelación en los términos y supuestos regulados en el párrafo anterior.
El CLIENTE queda informado de que en los casos en que se haya procedido a dar de baja definitiva el servicio contratado a causa de impago, el CLIENTE perderá toda su información por cuanto serán eliminados todos los archivos y datos alojados hasta ese momento en el servidor contratado. En consecuencia, NETEBU no se hace responsable de la información almacenada por EL CLIENTE en el servidor contratado en caso de impago ni siquiera en el caso en que se vuelva a contratar de nuevo el mismo tipo de servicio y sin perjuicio de lo regulado en los apartados siguientes.
En caso de que EL CLIENTE desee volver a contratar el mismo servicio que fue dado de baja con motivo de un impago, y una vez transcurrido el periodo de suspensión, este deberá volver a dar de alta de nuevo todos los contenidos alojados en el servidor.
En el caso de que aún fuera posible la recuperación de alguno de los archivos contenidos en el servicio que causó baja por impago, EL CLIENTE lo deberá solicitar expresamente y por escrito al departamento técnico de NETEBU, previo pago de sus servicios por un importe de 60 euros/hora + IVA.
QUINTA. - ENTRADA EN VIGOR DEL CONTRATO Y DURACIÓN
5.1 El presente contrato entrará en vigor el día de activación del servicio, es decir, en el momento que EL CLIENTE tiene la posibilidad de acceder a la utilización del Servidor Dedicado, VPS o CLOUD recibiendo el e-mail de puesta en marcha con las indicaciones de acceso al mismo, una vez se ha recibido el pago correspondiente.
5.2. El contrato tendrá una duración mensual y se prorrogará tácitamente con el pago de cada factura sucesiva y por iguales periodos. Fuera de los casos de impago regulados en este contrato, no se dará por finalizado el servicio mientras EL CLIENTE no manifieste su baja manifestada en una de las formas reguladas en el apartado 5.3 de este contrato.
En cada renovación no se enviará copia del contrato, entendiéndose siempre vigente el del momento de la contratación o el último remitido a EL CLIENTE por correo electrónico y de cualquiera de sus modificaciones o actualizaciones.
5.3 EL CLIENTE podrá solicitar la baja desde el área de cliente o nuestro departamento de soporte a través del envío de un ticket desde su área de cliente con una antelación mínima de quince (15) días al vencimiento del periodo mensual contratado. En tal caso NETEBU procederá a dar de baja el servicio en el día indicado por EL CLIENTE, siempre que sea posible según la estructura de NETEBU, pero, en todo caso, no más tarde de los siguientes 15 días.
SEXTA. - OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE NETEBU
6.1 En sus relaciones con EL CLIENTE, NETEBU deberá actuar con la diligencia debida de acuerdo con los usos de comercio del sector y conforme a las exigencias de la buena fe contractual.
NETEBU se compromete a realizar sus mejores esfuerzos y emplear los mejores recursos disponibles en la prestación de sus servicios de manera que estén disponibles 24 horas al día, 7 días a la semana, con mínimas incidencias.
Sin perjuicio de ello, NETEBU no puede garantizar una disponibilidad en un único servicio contratado del 100% y hace consciente al CLIENTE de que pueden existir caídas de servicio o ralentizaciones del mismo a consecuencia de labores de mantenimiento, mejora, reparación, actualización, seguridad y protección de sistemas, así como debido a circunstancias ajenas al servicio como podrían ser ataques de terceros u otros supuestos que, en todo caso, quedan fuera del control de NETEBU o, incluso, por la propia dinámica de la tecnología disponible y sus limitaciones en cuanto a latencia, efectos de jitter, retardos de otro tipo, paquetes fuera de orden, retardos o disminución de rendimiento.
En todo caso, EL CLIENTE asume que los sistemas empleados para darle servicio son técnicamente complejos y su disponibilidad se ve condicionada por su interacción con las tecnologías con que interactúa la plataforma de NETEBU por lo que la tasa de disponibilidad no está garantizada en el 100% del tiempo contratado, tal y como sucede en cualquier sistema de cualquier otro proveedor del mercado o incluso si EL CLIENTE empleara su propia plataforma SERVIDOR CLIENTE con análogas características a las aquí contratadas.
NETEBU informa de que actualmente su tasa de caída de red por cliente está dentro de los parámetros habituales del sector y establece el siguiente contrato SLA: https://netebu.com/condiciones_sla_netebu.php
Así mismo, EL CLIENTE asume conocer que el servicio contratado carece de medidas de redundancia o alta disponibilidad hardware, software y geográficas para mantener de forma permanente y garantizada el acceso en línea y evitar una interrupción de un enlace de red.
En caso de que el CLIENTE precies de una garantía total en la continuidad de negocio, el CLIENTE deberá contratar o adoptar medidas de este tipo por su cuenta, adicionales al servicio contratado, sin perjuicio de poder consultar a NETEBU y en su caso contratar, servicios de este tipo a medida de las necesidades expuestas por EL CLIENTE.
No obstante, si NETEBU debido a estas circunstancias, incumpliera los compromisos asumidos en el presente contrato por un espacio superior a 24 horas, el CLIENTE tendrá derecho a reclamar la devolución del dinero abonado correspondiente al periodo en que el servicio esté interrumpido o no funcione correctamente.
Además, NETEBU tiene el derecho de interrumpir el servicio o la conexión a Internet del Servidor contratado por EL CLIENTE si NETEBU aprecia indicios o circunstancias imputables al CLIENTE o dependientes de la estructura desplegada por este, de que dicho servidor constituye un peligro potencial o actual para de la seguridad de la plataforma de alojamiento de NETEBU.
En tales casos, NETEBU informará al CLIENTE sobre las incidencias o alertas detectadas y le conferirá un plazo de 1 día natural para que el CLIENTE efectúe las correcciones o adopte las medidas requeridas por NETEBU para restablecer el servicio. Una vez ello, NETEBU se compromete a restablecer la conexión o el servicio en un plazo máximo de 48 horas.
En todo caso, NETEBU nunca será responsable de hechos o resultados derivados de los mismos sean imputables al CLIENTE.
EL CLIENTE acepta soportar dentro de los límites razonables riesgos e imperfecciones o indisponibilidad de los servidores, los programas usados son técnicamente complejos y pueden que no hayan sido testados con anterioridad sobre todas las posibilidades que existen de uso.
6.2 Por tanto, EL CLIENTE renuncia expresamente a reclamar cualquier responsabilidad, contractual o extracontractual, daños y perjuicios a NETEBU por posibles fallos, caídas, lentitud o errores en el acceso y uso del servicio contratado, toda vez que no se garantiza su disponibilidad permanente total y absoluta en calidad y cantidad el 100% del tiempo del servicio contratado, sin perjuicio de que sea objetivo de NETEBU el que el margen de dicha indisponibilidad o alteración del mismo sea prácticamente inapreciable o irrelevante.
6.3. No obstante lo anterior, si NETEBU incumpliera los compromisos asumidos en este contrato por prestar un servicio ineficiente durante un periodo ininterrumpido superior a 24 horas, la responsabilidad de NETEBU se limitará a la devolución proporcional del dinero cobrado por el servicio durante dicho periodo de interrupción.
6.4 En ningún caso NETEBU acepta responsabilidades derivadas de pérdidas de datos, interrupción de negocio o cualesquiera otros perjuicios producidos por el funcionamiento de los servicios contratados.
6.5 El acceso y uso del Servidor Dedicado es responsabilidad exclusiva del CLIENTE, de tal manera que NETEBU no se hace responsable de ninguna manera (ni directa ni subsidiaria) de cualquier daño directo o indirecto, que EL CLIENTE pudiera ocasionar a terceros.
6.6 NETEBU no se responsabiliza:
6.7 Al tratarse de un servicio de arrendamiento de servidor Dedicado, VPS y CLOUD, NETEBU se obliga al mantenimiento de este en adecuadas condiciones de funcionamiento y en caso de avería procederá a la reparación o sustitución del hardware preciso para su efectividad.
6.8 NETEBU no será responsable en ningún caso del contenido de las páginas alojadas en el servidor del CLIENTE ni tampoco será responsable del incumplimiento por EL CLIENTE de las obligaciones estipuladas en la cláusula 7.3 del presente contrato.
6.9 NETEBU no se responsabiliza de la pérdida o borrado de los datos del cliente.
NETEBU en algunos casos realiza copias de seguridad por razones técnicas, pero el servicio SERVIDOR DEDICADO, VPS, CLOUD no incluye una obligación de salvaguardar la información y/o sistemas del CLIENTE mediante copia de seguridad. En consecuencia, NETEBU carece de obligación alguna de facilitar copia de seguridad de los sistemas del CLIENTE. Adicionalmente, y por tanto, aún en el caso en que pueda ayudar al CLIENTE al facilitarle, por deferencia, una copia de seguridad existente, tampoco le garantiza ni se responsabiliza de la integridad de la información contenida en la copia entregada, siendo obligación expresamente asumida por el cliente la de mantener su propia política de copias de seguridad y verificar la recurrencia, integridad y seguridad de las mismas.
SÉPTIMA. - OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDAD DEL CLIENTE
7.1 EL CLIENTE queda obligado a cumplir con todos los términos, condiciones y obligaciones derivados de este contrato en el uso de los servicios contratados y, en todo ello, actuar lealmente y conforme a los parámetros legales en los que se entiende un actuar de buena fe contractual.
7.2 EL CLIENTE debe satisfacer los precios del servicio contratado, así como cualquier actualización o servicio adicional al principal.
7.3 Condiciones de uso del servicio: Se prohíbe el uso del Servidor Dedicado, VPS o CLOUD contrario a la buena fe, al orden público, a la legislación vigente y, en particular, y de forma no exhaustiva:
7.4 Mediante la contratación de este servicio, EL CLIENTE se compromete a vigilar el volumen de datos transferidos/consumidos mensualmente y adoptará las acciones necesarias para evitar rebasar el límite contratado en aras de no incurrir en tarificación adicional. Para tal fin, EL CLIENTE dispone de las llamadas "tablas de consumo" actualizadas diariamente en el AC, en las que aparece la información sobre el caudal diario y el acumulado en el mes o a través de su propio Panel de Administración del Servidor (Plesk,Cpanel,VestaCP).
7.5 EL CLIENTE se obliga a mantener operativa, activa y actualizada la dirección e-mail proporcionada en el momento de la contratación para las comunicaciones con NETEBU, ya que constituye el medio de comunicación regulado a efectos contractuales en los servicios contratados con NETEBU para la gestión legal, efectiva, ágil y fluida en la prestación del servicio.
Si EL CLIENTE quiere cambiar la dirección e-mail facilitada en el momento de la contratación como dirección de contacto deberá hacerlo a través del área de cliente, con las medidas propias de autentificación de dicha petición, de manera que en ningún momento quede interrumpida la comunicación entre ambas partes.
NETEBU se exonera de toda responsabilidad por las consecuencias que la falta de operatividad de la dirección e-mail del CLIENTE o de la falta de comunicación que el cambio de dirección no actualizado pueda producir, así como por la desinformación que alegue EL CLIENTE debido a su propia negligencia a la hora de mantener activo este dato.
7.6 EL CLIENTE reconoce haber testado previamente a la contratación el Servidor Dedicado, VPS o CLOUD con sus necesidades y que ha sido informado por parte de NETEBU adecuadamente.
7.7 EL CLIENTE garantiza que utilizará el Servidor Dedicado, VPS o CLOUD de acuerdo con las especificaciones y restricciones técnicas, sin que esta utilización provoque ningún daño al servidor, los recursos del sistema o incluso los programas informáticos.
7.8 EL CLIENTE satisfará a NETEBU por los gastos en que ésta tenga que incurrir si resulta imputada en alguna causa a consecuencia de acciones cuya responsabilidad final fuera atribuible al CLIENTE. Dentro de dichos gastos se incluirán los honorarios, aranceles, tasas, suplidos y demás procesales sufragados para la defensa de los derechos e intereses de NETEBU y serán de obligado abono incluso en el caso de que no haya recaído decisión judicial definitiva o firme y también aún en el caso de que la resolución judicial o el laudo que dirima la controversia pueda dar la razón total o parcialmente al CLIENTE frente a las pretensiones de un tercero.
7.9 Cualquier problema que se pudiera producir en los servidores y sistemas de seguridad de NETEBU como consecuencia directa de una actuación negligente del CLIENTE, éste responderá por la responsabilidad civil y penal que le pudiera corresponder.
7.10 Por el presente contrato, NETEBU se obliga a proporcionar una infraestructura de servidor Dedicado, pero es EL CLIENTE quien tiene la total responsabilidad sobre su uso y contenido almacenado en este; de la información transmitida y almacenada de sus explotaciones, de los enlaces de hipertexto, de las reivindicaciones de terceros y de las acciones legales que pueden desencadenar en toda la referencia a propiedad intelectual, derechos de la personalidad y protección de menores.
7.11 EL CLIENTE será el exclusivo responsable en cuanto a los efectos e interacciones que implique la administración de las aplicaciones que él instale en su servidor, así como de los efectos que puedan tener sobre el software estándar preinstalado o la configuración de la máquina, en aquellos casos en que sea factible esta opción.
7.12 En el momento en el que EL CLIENTE pueda solicitar y obtenga las contraseñas de administrador de su Servidor Dedicado, NETEBU dejará de encargarse de la administración del servidor, exonerándose de cualquier responsabilidad derivada directa o indirectamente de su funcionamiento.
No obstante, lo anterior en el caso de que EL CLIENTE tenga contratado con NETEBU el servicio de soporte adicional en administración de Servidores, cada vez que EL CLIENTE necesite una intervención en el Servidor, deberá enviar un e-mail desde la dirección de correo registrada en el área de cliente a la dirección de correo electrónico soporte@netebu.com y NETEBU realizará únicamente acciones relacionadas con la administración de sistemas del Servidor, que el CLIENTE haya solicitado en su comunicación, pero ninguna otra. Por tanto, el “Soporte Adicional en Administración de Servidores” por lo tanto, en ningún caso, NETEBU será responsable de cualquier otra acción que no sea la de este supuesto.
7.13 En consecuencia con lo regulado en los apartados anteriores, EL CLIENTE se convertirá en el único administrador del Servidor Dedicado y será responsable exclusivo del funcionamiento de este.
7.14 EL CLIENTE acepta la configuración elegida para su Servidor Dedicado, VPS o CLOUD y entiende que cualquier modificación posterior de la misma encargada a Netebu, en el caso de ser factible, será considerada como un servicio adicional, facturable de forma independiente.
7.15 EL CLIENTE, con la aceptación del presente contrato, consiente expresamente el envío de las facturas relativas al servicio contratado a través de medios telemáticos, tal y como señala la normativa vigente en esta materia.
7.16 EL CLIENTE debe cumplir cuantas obligaciones otras obligaciones se regulen en este contrato, así como a todas aquellas que, conforme a las exigencias de la buena fe contractual, se deriven del mismo.
OCTAVA. - FUERZA MAYOR
Ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento por causa de Fuerza Mayor de las obligaciones derivadas del contrato y, por lo tanto, no habrá derecho a indemnización cuando dicho incumplimiento se deba a tales causas.
Si la suspensión por esta circunstancia es superior a 2 meses, este contrato se podrá cancelar a petición de cualquiera de las partes.
NOVENA. - TERMINACIÓN
9.1 El contrato terminará cuando, además de las causas legalmente establecidas y las dispuestas en las distintas cláusulas de este contrato, concurra alguna de las siguientes:
DÉCIMA. - PROPIEDAD INTELECTUAL
NETEBU es titular de todos los derechos de autor, marcas, derechos de propiedad intelectual, know-how y cuantos otros derechos guardan relación con el servicio contratado, así como de los programas de ordenador necesarios para su implementación y la información que ésta obtenga sobre el mismo.
EL CLIENTE debe respetar los programas de uso de terceros puestos a su disposición por NETEBU aunque fueran gratuitos, de los cuales NETEBU dispone de los derechos de explotación necesarios.
EL CLIENTE, en virtud del presente contrato, no adquiere absolutamente ningún derecho o licencia a propósito del Servidor Dedicado, VPS o CLOUD de los programas de ordenador necesarios para la prestación del servicio ni tampoco sobre la información técnica de seguimiento del servicio, excepción hecha de los derechos y licencias necesarios para el cumplimiento del presente contrato y únicamente para la duración de este.
Para toda actuación que se exceda del cumplimiento de este contrato necesitará autorización por escrito por parte de NETEBU.
UNDÉCIMA. - CONFIDENCIALIDAD
DUODÉCIMA. - POLÍTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Cláusula de información al cliente como titular de datos personales sobre sus derechos de privacidad:
12.2. Protección de datos personales. Encargado de Tratamiento
En los casos en los que Netebu actúa como Encargado de Tratamiento para un Responsable, los derechos y obligaciones de las partes se regulan en Anexo contractual disponible para su descarga en la sección de contratos de la web https://netebu.com/anexo_contrato_encargado_de_tratamiento.php
DECIMOTERCERA. - CESIÓN
EL CLIENTE no podrá ceder a terceros derechos y obligaciones dimanantes de este contrato sin el previo consentimiento por escrito de NETEBU.
DECIMOCUARTA. - MODIFICACIONES
14.1 NETEBU se reserva el derecho de modificar, en cualquier modo, las características y condiciones del Servidor Dedicado, VPS o CLOUD, siempre en desarrollo y beneficio del propio servicio. Para ello no deberá cumplir más formalidad que la de informar al cliente con un aviso online y/o llevar esta modificación a las cláusulas del contrato y/o remitirlo por correo electrónico.
EL CLIENTE, una vez comunicada la modificación por parte de NETEBU, dispone del plazo de 7 días, desde que recibe dicha comunicación, para resolver el contrato si no estuviera de acuerdo con las nuevas circunstancias, pasado este plazo sin comunicación en contrario del CLIENTE se entenderá que acepta las nuevas condiciones.
14.2 Si como consecuencia del desarrollo I+D constante de NETEBU, así como de los avances técnicos y tecnológicos que se producen en los servicios de la sociedad de la información, se produjeran cambios en el Servidor Dedicado, VPS o CLOUD, otros servicios y sistemas de gestión, administración (ej. nuevas formas de pago seguras en la red) de NETEBU, para la adaptación a estos avances se procederá, si se estima conveniente por parte de NETEBU, a realizar las modificaciones que sean necesarias para la adaptación a dichos avances.
En estos casos, NETEBU previamente comunicará a los clientes la información sobre los cambios que les afecta y establecerá el plazo necesario en cada caso para que si EL CLIENTE no estuviera de acuerdo con dichos cambios pueda dar por resuelto este contrato respetando en todo caso lo dispuesto en la cláusula 9.
NETEBU, en su actuar diligente y de buena fe en el ámbito de mercado de su actividad comercial, realizará estas modificaciones siempre que supongan un beneficio no sólo del desarrollo de las nuevas tecnologías, sino también del funcionamiento de la empresa e incluso del servicio ofrecido en este contrato de manera que no supongan un perjuicio a los clientes en todo su conjunto.
En caso de conflicto entre el perjuicio a un número reducido de clientes y el desarrollo de NETEBU y/o la adaptación a los avances técnicos y tecnológicos de los servicios de la sociedad de la información se atenderá al beneficio de la mayoría de los clientes en esta adaptación y al avance de NETEBU en el ámbito de las nuevas tecnologías.
DECIMOQUINTA. - LIMITACIÓN DE GARANTÍA Y DE LA RESPONSABILIDAD
15.1 En ningún supuesto NETEBU, ni los gerentes y altos cargos, administradores, socios, agentes o trabajadores dependientes de ella contraerán responsabilidad alguna por causa directa o indirectamente relacionada con la utilización que haga EL CLIENTE del servicio de NETEBU.
15.2 Las partes reconocen que la entrada en vigor de este contrato no supone ningún tipo de representación, delegación, garantía u otros acuerdos distintos a los expresamente descritos en este contrato; y de acuerdo con ello, todos los términos, condiciones, garantías u otros aspectos implicados por convenios o reglamentación general, quedan explícitamente excluidos hasta los límites permitidos por la Ley.
DECIMOSEXTA. - NULIDAD
Si cualquier estipulación de este Contrato fuese declarada nula o sin efecto, en todo o en parte, por cualquier tribunal o autoridad competente, las restantes estipulaciones conservarán su validez, salvo que las partes discrecionalmente decidan la terminación del contrato.
DECIMOSÉPTIMA. - LEGISLACIÓN APLICABLE Y TRIBUNALES COMPETENTES